Una forma de evitar esta situación consiste en dejar constancia por escrito de nuestro requerimiento. Las cuentas bancarias solo pueden ser canceladas por su titular único o sus herederos o por todos sus titulares solidarios o indistintos cuando cualquiera de los titulares puede. Este documento permite comunicar a la entidad bancaria la voluntad de cancelar o renunciar a su participación en la cuenta corriente de ahorro nómina o remunerada que tiene abierta a su nombre en ella.